Nuestro Tribunal Supremo avala la deducción en el impuesto de sociedades de un gastos sobre ejercicios prescritos

Autor: Vicente Olmos

    La Sentencia de 22 de marzo 2024 (518/2024), desestimó el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado, sobre una sentencia la cual permitía la deducibilidad de un gasto debidamente contabilizado, si bien, de forma tardía, y por tanto aunque estuviese prescrito ese ejercicio.

    La prescripción es una institución jurídica que consolida situaciones de hecho por el mero trascurso del tiempo. Dicho de otro modo, que una vez trascurrido ese plazo, sino se actuó, se extinguió la posibilidad de reclamar ese derecho.

    Y la administración pública posee un plazo de CUATRO años desde que se presenta la declaración tributaria. Por tanto, lo que no haya investigado pasado ese tiempo, se da por válido sin posibilidad de inspección o comprobación limitada.

    En el caso enjuiciado, la cuestión radica en el hecho de que durante el ejercicio 2016, se contabilizaron facturas (cinco concretamente) del año 2009, es decir, de hacía SIETE años atrás, cuestión totalmente válida, pero con facturas de años o trimestres anteriores. Si bien, Hacienda no está del todo de acuerdo con alargar más allá de esos breves lapsos temporales la “corrección” y “adición” de facturas.

    Pero, tras esta Sentencia, la puerta se abre a aplicar facturas sine die, siempre que no conlleven una menor tributación (art. 11 Ley Impuesto Sociedades), cuestión que a nuestro juicio abre la puerta a la picaresca, al poder aplicarse facturas sobre ejercicios que no podrán ser examinados en la contraparte emisora de las facturas. Y en nuestra planificación financiera es una cuestión no menor a tener en cuenta, que desde ahora, cuando el cliente aporte facturas de ejercicios posteriores, las mismas podrán ser contabilizadas sin mayor preocupación, dada la jurisprudencia actual de la materia.

    Si estás en alguna de estas situaciones y tiene dudas acerca de cuales son tus DERECHOS, o de si puedes acudir o no a los Tribunales o sobre cómo defenderte, no dudes en preguntarnos.

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