Una reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado de manera clara a favor de no aceptar la solicitud de rembolso de un consumidor por un vuelo cancelado, todo ello, una vez que este consumidor ha renunciado al reembolso al aceptar un bono, es decir, una suma de dinero.
En casos de cancelaciones con la antelación suficiente, son muchas las aerolíneas que se ofrecen a “reparar” de manera inmediata a los consumidores a través de formularios online, de manera que el consumidor pueda ver en ello una rápida satisfacción del perjuicio sufrido.
Lo cierto es que en realidad esta opción ha quedado claro que bloquea que pueda optar en un futuro a solicitar el reembolso total, o lo que es lo mismo, el TJUE hace que el consumidor se vea en una dicotomía, o elige ese “bono” ahora, o espera y batalla con la aerolínea para obtener el rembolso total con indemnización.
Si bien, no es menos cierto que el pasajero/consumidor habrá de haber podido elegir teniendo para ello toda la información necesaria, lo cual implica una comprensión clara de lo que firma y a lo que renuncia. El hecho es que un consumidor medio en momentos de tensión puede verse inclinado a firmar y aceptar cosas que en otros momentos no haría. Por ello, es interesante esperar y consultar la decisión con un profesional, antes de renunciar propiamente a la totalidad de los derechos que podemos tener, en cada caso
Lo explicado anteriormente es tan sólo un ejemplo más de la complejidad a la que se enfrenta un consumidor medio en la actualidad con una contratación seriada, predispuesta y con carácter cuasi inmediato.
Si estás en alguna de estas situaciones y tiene dudas acerca de cuales son tus DERECHOS, o de si puedes acudir o no a los Tribunales o sobre cómo defenderte, no dudes en preguntarnos.