Para quien no lo conozca, ASNEF es, una Organización Empresarial reglada por la Ley 19/1977 de 1 de Abril sobre la regulación del derecho de asociación sindical y como tal es un enlace indispensable entre las entidades financieras especializadas en España en financiación al consumo y las Administraciones Públicas, (…).
En síntesis, es un fichero de solvencia patrimonial, en el que podemos ser incluidos siempre y cuando no seamos buenos pagadores. Si bien es cierto, que las empresas que introducen en este fichero a sus deudores, lo hacen de forma legítima, también se ha observado desde OCEN Abogados & Asesores, que no siempre es así.
En ocasiones, este fichero y otros son usados por los acreedores para forzar al deudor a pagar o verse introducido en el mismo, con las consecuencias que ello puede conllevar para el deudor, al truncarse su solvencia, es decir, sus movimientos en el mercado financiero (no hablamos de grandes operaciones mercantiles, sino de que nos denieguen una financiación de trescientos euros para renovar las gafas de nuestros hijos), con el perjuicio que ellos nos puede ocasionar, y lo indeseable de la circunstancia.
Cabría pensar que sigue sin existir nada de malo en lo descrito hasta ahora, pero empezaremos a pensar diferente cuando observamos que se acude con la amenaza de “o pagas o te metemos en el fichero de morosos”, en recibos en los que el consumidor está disconforme con lo cobrado, por no haber recibido el servicio facturado o encontrarse el mismo prestado de forma defectuosa.
Y por ir más allá, empresas que se dedican profesionalmente a la usura, algunas anunciadas por presentadores de prestigio de la televisión nacional, que trabajan fuera de cualquier regulación bancaria, con TAE del 6.000%, los cuales infringen notablemente el interés aceptable por nuestro Tribunal Supremo para no ser tildado de usura (ya se habló de esto en otro artículo del blog), y que ante el impago de estos préstamos usurarios, chantajean con introducir en dichos ficheros a las personas-víctimas.
Pues bien, la persona que se vea afectada por una circunstancia así, le invitamos a que contacten con nosotros para exponernos su caso, ya que, estamos hartos de que como profesionales del derecho que somos, y por ende, visitamos los juzgados y tribunales a menudo, observar en nuestros tribunales el panel de edictos, llenos de sentencias ganadas por estos chiringuitos de la usura, por falta de localización del demandado (por miedo del demandado a contestar, o por imposibilidad de costearse un asesoramiento legal para el caso). Hablaremos más en detalla de esta cuestión en el siguiente post.
Para llegar a ese punto de demandar por parte de la empresa prestamista, previamente han soportado el acoso en muchos de los casos, vía telefónica y por cualquier otro medio ya sea postal o vía correo electrónico, culminando en la introducción en la lista de ASNEF como paso previo. Lo que debe conocerse es que para poder ser introducidos en esta lista han de darse unos requisitos, y sin el cumplimiento escrupuloso de ellos, se estaría cometiendo una intromisión ilegítima al honor.
Dicha intromisión ilegítima al honor da lugar a resarcimientos económicos al perjudicado, que superan con creces en muchas ocasiones las cantidades reclamadas, pero para que el lector pueda hacerse una idea, hablamos de una horquilla que oscilaría entre los 2.000€ hasta los 12.000€ dependiendo de diversos factores, según jurisprudencia reciente.
Por lo tanto, es de vital importancia que el perjudicado detecte la circunstancia de abuso y no se deje amedrentar, sino que actúe de cara a no ser atropellado por estas empresas, ya que las mismas trabajan por estadística, y saben que ante la desinformación y el miedo pocos o casi ninguno reclama en esos casos. Está en nuestra mano invertir esa estadística, de cara a que las empresas reconsideren su política de ampararse en usar el ASNEF como chantaje para obligar al ciudadano de a pie a pagar inclusive las cantidades NO DEBIDAS.
Me dejo en el tintero dos aspectos que trataré en el siguiente post:
- Los requisitos para poder ser introducido en el fichero ASNEF
- Abordar el sistema de como instrumentalizan la justicia para cobrar sus deudas usurarias, usando una mezcla de miedo, desconocimiento y falta de recursos de sus víctimas.