Reclamaciones por accidentes de tráfico en España: guía práctica 2025

Si has sufrido un accidente de tráfico —como conductor, ocupante, peatón o ciclista— tienes derecho a ser indemnizado por los daños personales y materiales. En esta guía te explico qué hacer, cómo reclamar, qué plazos existen en 2025, cómo se calcula la indemnización con el baremo, y en qué casos conviene contar con un abogado desde el primer día.

Índice

  1. Qué hacer justo después del accidente
  2. Documentación imprescindible
  3. Cómo se reclama: reclamación previa y oferta motivada
  4. Plazos de prescripción y tiempos de cobro
  5. Cálculo de la indemnización: lesiones, secuelas y perjuicios
  6. Casos especiales (peatón, ciclista, fuga, sin seguro)
  7. Errores frecuentes que reducen tu indemnización
  8. Cuándo necesitas un abogado (CTA)
  9. FAQs
  10. Conclusión

1) Qué hacer justo después del accidente

  • Seguridad primero: señaliza, no muevas vehículos si hay heridos y llama al 112.
  • Atención médica inmediata: ve a urgencias dentro de las 72 horas para dejar rastro clínico; guarda informes y partes de baja/alta.
  • Pruebas: parte amistoso (si procede) o atestado (si acude policía/Guardia Civil); fotos del lugar, matrículas, daños y posición de los vehículos; datos de testigos.
  • Comunicación al seguro: notifica el siniestro en 7 días (salvo que tu póliza fije otro plazo).
  • No aceptes acuerdos en caliente: evita firmar renuncias o finiquitos sin revisar.

Nota legal: la responsabilidad civil en la circulación se rige por el Texto Refundido de la LRCSCVM y por la Ley 35/2015 que actualiza el baremo de daños personales.

2) Documentación imprescindible

  • Parte amistoso o atestado.
  • Informes de urgencias, evolución médica y rehabilitación; recetas y gastos.
  • Facturas de daños materiales (vehículo, casco, móvil, gafas…).
  • Justificantes de pérdida de ingresos (nóminas, vida laboral, certificados empresa).
  • Presupuesto/pericial del vehículo y valor venal si hay siniestro total.
  • Cualquier comunicación con aseguradoras (emails, burofax).

3) Cómo se reclama: reclamación previa y oferta motivada

Antes de demandar, la ley exige reclamación previa extrajudicial a la aseguradora del responsable. Desde que la recibe, la aseguradora dispone de tres meses para emitir:

  • Oferta motivada: propuesta de pago con desglose y fundamento médico-económico (baremo).
  • Respuesta motivada: explica por qué no paga o por qué paga menos (debe estar razonada).

Si la oferta es insuficiente, puedes:

  • Aportar pericial médica y negociar.
  • Pedir informe forense (vía penal si hay lesiones) o acudir a mediación.
  • Presentar demanda civil. El perjudicado puede ejercer la acción directa contra la aseguradora (art. 76 de la Ley de Contrato de Seguro), sin necesidad de demandar al conductor para cobrar del seguro.

4) Plazos de prescripción y tiempos de cobro

  • Prescripción: en general, 1 año para reclamar la indemnización por daños derivados de accidente de tráfico. El cómputo suele iniciarse desde la estabilización de las lesiones (alta médica) y puede interrumpirse con una reclamación fehaciente.
  • Pago: si aceptas la oferta motivada, el pago suele producirse en días/semanas. Si hay demanda, el proceso puede alargarse meses; dependerá de forense, periciales y agenda judicial.

Importante: revisa siempre el año concreto de referencia (las cuantías del baremo se actualizan anualmentepor resolución de la DGSFP).

5) Cálculo de la indemnización

La indemnización se calcula con el baremo (Ley 35/2015), distinguiendo:

a) Lesiones temporales (días de curación)

  • Perjuicio personal básico: días desde el accidente hasta la estabilización.
  • Perjuicio personal moderado, grave o muy grave: si hay hospitalización, baja laboral o limitaciones relevantes.

b) Secuelas (daño permanente)

  • Pérdidas funcionales, cicatrices, dolor crónico, neuropsicológicas… Se valoran en puntos según tablas; el resultado se convierte en euros (ajustado por edad y factores correctores).

c) Perjuicio patrimonial

  • Daño emergente: gastos médicos no cubiertos, farmacia, desplazamientos, prótesis, adaptación vivienda/vehículo.
  • Lucro cesante: salarios o ingresos dejados de percibir; para autónomos, base imponible y facturación comparativa.

d) Daños materiales

  • Reparación del vehículo o valor venal (más afección o valor de afección si procede) y objetos dañados.

Consejo práctico: empezar la rehabilitación pronto y llevar diario de dolor/limitaciones ayuda a objetivar secuelas y perjuicios.

6) Casos especiales

  • Peatón o ciclista: tienes derecho a indemnización salvo culpa exclusiva tuya (p. ej., irrumpir en rojo). Se valora concurrencia de culpas si ambos contribuyen al daño.
  • Fuga o vehículo sin seguro: reclama al Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Latigazo cervical (“esguince cervical”): exige base clínica: consistencia entre mecanismo del accidente, síntomas y exploración; a menudo conviene pericial.
  • Transporte público o VTC/taxi: como ocupante, sueles ser tercero perjudicado y cobras de la aseguradora responsable.

7) Errores frecuentes que reducen tu indemnización

  • No ir a urgencias dentro de 72 h.
  • Interrumpir tratamiento o no acudir a rehabilitación.
  • Aceptar la primera oferta sin contrastar.
  • No acreditar gastos o pérdidas (guarda todas las facturas).
  • No enviar reclamación fehaciente (burofax/email con acuse) que interrumpa plazos.

8) Cuándo necesitas un abogado

  • Lesiones con baja laboral o posibles secuelas.
  • Oferta motivada baja o denegación del siniestro.
  • Discrepancias médicas (latigazo, dolor crónico, daño psicológico).
  • Concurrencia de culpas o discusión de responsabilidad.
  • Vehículo sin seguro/fuga (Consorcio).

En Ocen Abogados revisamos tu caso, calculamos tu indemnización con el baremo vigente y negociamos con la aseguradora. Si hace falta, te acompañamos en vía judicial.
Contacta aquí o visita Servicios – Accidentes de tráfico.

FAQs

1) ¿Cuál es el plazo para reclamar una indemnización por accidente?
Generalmente 1 año desde la estabilización de las lesiones; se interrumpe con reclamación fehaciente.

2) ¿Qué es la “oferta motivada” de la aseguradora?
La propuesta de pago razonada (con tablas del baremo y documentos médicos) que la aseguradora debe emitir en 3 meses desde tu reclamación.

3) ¿Puedo reclamar directamente a la aseguradora del culpable?
Sí. Existe
acción directa del perjudicado frente a la aseguradora (art. 76 LCS).

4) ¿Cómo se calcula el “latigazo cervical”?
Con base clínica (urgencias <72h, evolución, exploración), coherencia con el siniestro y valoración del baremo. A menudo conviene pericial médica.

5) ¿Y si el responsable se da a la fuga o no tiene seguro?
Interviene el Consorcio de Compensación de Seguros; se tramita con atestado y pruebas.

6) ¿Puedo reclamar pérdida de ingresos si soy autónomo?
, como lucro cesante, acreditándolo con facturación, IRPF y justificantes.