Dies a quo y Dies ad quem

Autor: Vicente Olmos

Tanto “dies a quo” como “dies ad quem”, es posible que nuestro ávido lector jamás la haya leído ni escuchado.

Pero, y si hablamos de plazos procesales, o de plazos a secas, quizás si le empiece a ser más familiar. ¿Quién no ha tenido que recurrir una multa de tráfico o contestar a un requerimiento de hacienda?

El quicio del asunto es, sabemos que existe un plazo, pero la cuestión es, en aras de cumplir el mismo, ¿Cuándo comienza el mismo?

Pues bien, “dies a quo”, es la expresión que nos marca el plazo de COMIENZO, siendo “dies ad quem” el que nos marcaría el plazo final (que en realidad es el que nos dará quebraderos de cabeza en caso de no llegar a tiempo).

El concepto de “dies a quo” nos genera los siguiente pilares:

  1. DETERMINACIÓN DE PLAZOS.- Nos marca su comienzo, en plazos de prescripción, caducidad, recursos administrativos, plazos de pago, etcétera.
  2. CERTIDUMBRE LEGAL.- Hablar de este modo, por muy estrambótico que suene al neófito en la materia, nos proporciona la certidumbre de comunicar sin error, que hablamos del día de comienzo o arranque, para conocer exactamente cuándo se debe actuar, cuando comienza la aplicación de un derecho o la expiración del mismo.
  3. GESTIÓN DE PROCESOS.- Nos marca el lapso temporal para trabajar dentro del proceso, los cuales son más o menos flexibles, dependiendo del ámbito que se trate (Civil, Penal, Contencioso Administrativo, Social, etcétera).
  4. EFECTOS JURÍDICOS.- Nos marca el nacimiento de consecuencias jurídicas, que a la postre nos beneficiarían o perjudicarán de no ser tenidas en cuenta el inicio del mismo.

Conclusión

Trabajar contando los días puede ser una necesidad en algún caso concreto, pero por normal general, NUNCA DEJES PARA MAÑANA LO QUE PUEDAS HACER HOY, por ello, pese a dominar perfectamente el cálculo y cómputo de plazos, lo mejor es atajar la consecuencia jurídica de que se trate, a la mayor brevedad posible, y de la forma correcta. Recordamos, que desde OCEN Abogados & Asesores estaremos encantados de poder ayudaros en estas y otras cuestiones, tanto en Cantabria, como a nivel nacional. Por tanto, si tienes dudas al respecto, no lo dudes y cuéntanos tu caso. Te realizaremos una hoja de encargo sin compromiso.

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